"En
1943, surgió la cosa nueva, que es esa prédica realizada
por Perón. Creo que allí ocurre un hecho político
que es imputable al radicalismo, que manejó mal los acontecimientos,
no de mala fe sino equivocadamente. Si examinamos esos procesos podemos
concluir que no ganó el peronismo sino que perdió el radicalismo.
La posición radical no era muy agradable en ese momento, pero por
razones circunstanciales. Éstos son hechos históricos que
hay que analizarlos, ya que todos tenemos un margen de responsabilidad.
Lo que vino después fue un movimiento que pudo realizarse en plenitud,
pero el sistema, su forma de realización, se malogró. En
esos últimos tiempos de gobierno, no representaba una expresión
justicialista, sino una cosa diferente que creó este malestar que
condujo a su derrocamiento, que no se pudo evitar.
Hablo del olvido, de la vocación de pacificación sin revancha,
porque de lo contrario no nos arreglamos más. Alguna gente me ha
reprochado este gesto... Yo tengo demasiada memoria... en primer lugar
de los episodios que nos dividieron. Estuve en ellos y me di cuenta de
que al pueblo había que buscarlo en la amistad, por eso hablé
con Perón, a quien había combatido toda mi vida... fui echado
de la Cámara, de modo tal que podía haber andado con mis
rencores y enconos, pero un hombre que actúa en política
no lo hace con vocación personal, pues sería un interesado...
Yo con Perón nunca fui amigo, fui adversario de Perón. Peleamos.
Yo con mis armas, él con las suyas. Habíamos sido adversarios
y como adversarios nos encontramos para ver si pacificábamos al
pueblo. Por lo menos lo hice yo así y él parece que lo entendió...
lo que nadie puede decir es que yo haya sacado beneficios personales;
ni Perón tampoco, de esta entrevista. No fue una alianza. Fue una
exhibición de que se podían dar la mano dos hombres para
ver si en lo posible el pueblo se amigaba. y el pueblo se amigó.
Así que yo no lo traicioné a él y él no me
traicionó a mí. Habíamos luchado como adversarios...
Están demostrando (los pueblos) que están amigos. Ésas
son preguntas que hace mucha gente con el propósito de demostrar
que todo ha sido inútil, pero no es así ¿Qué
va a hacer el justicialismo después de organizado? Supongo que
el concepto de verticalidad mantendrá las figuras, porque no se
pierden los fundadores de una expresión política, pero será
un partido político hecho de abajo para arriba, entonces tendrá
su modo de actuar: Creo que ha habido una
lección en el país para evitar los distanciamientos circunstanciales,
las no comprensiones, que derivan en cosas graves. "
RICARDO
BALBÍN, entrevista en : Emiliana López Saavedra,
'Testigos del 'Proceso' Militar". 1976-1983.
"El clima ideológico que se vivía al principio de
los anos 40, las presiones resistidas por los gobiernos fraudulentos de
la época para aliarse con el Eje nazifascista y la continua propaganda
de los grupos nacionalistas en las Fuerzas Armadas llevó finalmente
a la revolución de 1943, encabezada por un grupo de oficiales,
entre los cuales estaba Juan Perón, de decididas simpatías
fascistas.
La experiencia justicialista hizo pensar a muchos en la Argentina, lo
que ha tenido marcada influencia en la conciencia de amplios sectores,
que la justicia social es incompatible con valores relacionados con el
respeto a la legalidad y al estado de derecho, como la libertad de expresión,
la tolerancia de los opositores, el respeto de la división de poderes,
la limpieza en los procedimientos electorales, etcétera.
Los avances autoritarios del régimen iniciado en el 43 y consolidado
tres años más tarde tuvieron un impacto notoriamente negativo
en el sistema jurídico-institucional. Miembros del Congreso eran
desaforados y destituidos. Todos los miembros de la Corte Suprema, menos
uno, fueron sometidos a un juicio político grotesco y destituidos
por motivos espurios. Luego de una acordada similar a la del 30 dictada
en 1943 por la vieja Corte (Fallos, 196:5) y del fallo "Municipalidad
vs. Mayer", de 1945 (Fallos, 201:266), en la que se sostiene que
el gobierno de facto sólo tiene las facultades legislativas necesarias
para el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de los fines de la
revolución, aunque sus decretos-leyes cesan una vez superada la
situación de facto, la nueva Corte amplió hasta límites
irritos la doctrina de los gobiernos de facto. En efecto, en " Arlandini"
(FaIlos,208: 185), decidido en 1947, la Corte sostuvo que "en la
medida en que sea necesario legislar para gobernar un gobierno de hecho
tiene facultades legislativas, sin que la determinación de esa
necesidad -en cuanto a la extensión o en cuanto a la oportunidad-,
siendo como es propio de la prudencia política, pueda ser judicialmente
revisada", y en "Ziella" (Fallos, 209:26), del mismo año,
se cambió la antigua jurisprudencia, sosteniéndose que "los
decretos-leyes dictados por el gobierno de facto son válidos por
razón de su origen y, puesto que tienen el valor de leyes, subsisten
aunque no hayan sido ratificados por el Congreso mientras no sean derogados
de la única manera que éstas pueden serio, es decir por
otras leyes".
Por supuesto que los tribunales y la Corte en especial, dominados políticamente,
no fueron una valla eficaz frente a los atropellos contra las garantías
individuales cometidos en esa época. Se puede citar , entre tantos
ejemplos, el fallo "Merk", de 1948 (Fallos, 211:193), en el
cual la Corte avaló una apropiación hecha en 1945 de un
laboratorio químico de origen alemán, llevada a cabo por
un mero decreto del Poder Ejecutivo..." (...)
CARLOS S. NINO
(Fragmento del libro de Carlos Santiago Nino "Un país
al margen de la ley", editado por emecé en el año 1992,
Buenos Aires, Argentina. Pág. 65)
Se recomienda la lectura de los dos tomos de HUGO GAMBINI, de su 'Historia
del Peronismo', editados por Planeta. Buenos Aires.
Nino,
Carlos Santiago:
(1943-1993). Doctor en Derecho por la Universidad de Oxford, fue catedrático
de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y profesor visitante regular
de la Escuela de Derecho de Yale.
Tuvo un papel muy importante en el proceso de democratización de
Argentina durante el gobierno de Raúl Alfonsín como asesor
presidencial, coordinador del Consejo para la consolidación de
la Democracia y miembro de la Comisión de Reforma del Código
Penal de la Secretaría de Justicia de la Nación. Su
intensa actividad como investigador y conferenciante lo llevó a
New York, Cornell, Frankfurt, Friburgo/Br., y otras ciudades. Es autor
de una docena de libros y de más de sesenta artículos, muchos
de ellos traducidos al inglés. Entre sus obras más recientes
cabe destacar Introducción a la filosofía de la acción
humana (1987), El constructivismo ético (1991) y Fundamentos de
Derecho Constitucional (1993).